8M Día Internacional de La Mujer

DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER:
AVANCES Y RETOS EN MÉXICO

«El Día Internacional de la Mujer no es una celebración, sino un recordatorio de la lucha por la igualdad y la necesidad de seguir trabajando para garantizar los derechos de todas las mujeres en México y el mundo.«

Cada 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer, una fecha de reflexión sobre la lucha por la igualdad, el reconocimiento de los derechos de las mujeres y la erradicación de la violencia de género. Esta conmemoración tiene sus antecedentes en las protestas laborales de mujeres trabajadoras a finales del siglo XIX y principios del XX, especialmente en Nueva York y Copenhague, donde se exigían mejores condiciones de trabajo y el derecho al voto. En 1977, la Asamblea General de la ONU proclamó el 8 de marzo como el Día Internacional de la Mujer, consolidando su relevancia global.

El Enfoque en México

En México, la lucha por los derechos de las mujeres ha tenido un impacto significativo en la historia política y social. Desde la obtención del derecho al voto en 1953 hasta la creación de leyes para erradicar la violencia de género. Hay que reconocer que se han logrado avances importantes, sin embargo, aún persisten desafíos estructurales en diversas áreas.

Derecho al Voto y Libertad de Expresión

El sufragio femenino fue reconocido en México en 1953, permitiendo a las mujeres participar en elecciones y ser candidatas a cargos de elección popular. A pesar de este logro, la participación política de las mujeres aún enfrenta obstáculos como la violencia política de género y la subrepresentación en puestos de toma de decisiones tanto en el ámbito político como en el laboral.

La libertad de expresión también ha sido una herramienta fundamental en la lucha por los derechos de las mujeres. Sin embargo, muchas activistas, periodistas y defensoras de derechos humanos han sido víctimas de amenazas, agresiones e incluso asesinatos por alzar la voz contra la injusticia.

Tipos de Violencia Contra la Mujer

Dia internacional de la mujer

La violencia de género sigue siendo uno de los problemas más graves en México. Esta se manifiesta en diversas formas:

  • Violencia física: Afecta a miles de mujeres y se traduce en agresiones en el ámbito doméstico, comunitario y hasta en espacios laborales.
  • Violencia psicológica: Incluye amenazas, humillaciones y manipulación emocional que afectan la autoestima y el bienestar mental de las mujeres.
  • Violencia laboral: Se manifiesta en la brecha salarial, acoso y la falta de oportunidades de crecimiento profesional.
  • Violencia digital: Aumento en el ciberacoso, la difusión de contenido íntimo sin consentimiento y el hostigamiento en línea.
  • Violencia Vicaria: Entre las conductas que configuran la violencia vicaria se incluyen amenazas de daño, ocultamiento, retención o sustracción de seres queridos, así como su utilización para obtener información sobre la víctima. También abarca la promoción de actos de violencia física o psicológica contra la madre, con el fin de afectar el vínculo materno-filial.

Otras manifestaciones de esta violencia incluyen inducir al suicidio mediante el deterioro de la salud mental y física, condicionar el cumplimiento de obligaciones alimentarias y de cuidado, y ejercer violencia sexual contra personas cercanas a la víctima con el objetivo de someterla.

Además, se considera violencia vicaria el uso de terceros para violentar a la mujer, la amenaza de interrumpir tratamientos médicos necesarios para niñas y niños, y la interposición de acciones legales basadas en hechos falsos para privarla de la guarda, custodia o patria potestad de sus hijas o hijos.

“Todas estas conductas se consideran enunciativas, pero no limitativas”, lo que significa que cualquier acción con un propósito similar también puede ser reconocida como violencia vicaria.

Reforma sobre Violencia Vicaria en el Estado de Veracruz

Esta semana en el marco del Día internacional de la Mujer, el Congreso de Veracruz aprobó reconocer y sancionar la violencia vicaria como cualquier acto u omisión que tenga el propósito de causar perjuicio o daño a una mujer, pero dirigido contra familiares o personas adultas mayores que compartan un vínculo filial o consanguíneo, utilizando o instrumentalizando a sus hijas o hijos, o a través de un animal doméstico o de compañía.

Las modificaciones incluyen la creación de capítulos específicos sobre violencia vicaria en el Código Penal y el Código Civil, con penas de 2 a 6 años de prisión que se aplicarán cuando entre la víctima y el agresor exista o haya existido una relación de matrimonio, concubinato o de hecho con la persona agresora, independientemente de la cohabitación en el mismo domicilio.

También se establece la suspensión o pérdida de la patria potestad en casos acreditados de instrumentalización de menores. Además, la reforma aprobada con 36 votos a favor, 0 votos en contra y ninguna abstención, contempla la implementación de medidas cautelares, como la restricción de convivencia con los hijos y la asistencia psicológica especializada para las víctimas.

Acoso Sexual

Lamentablemente en México, se comete esta desagradable conducta en contra de las mujeres, El acoso sexual contra la mujer es cualquier conducta de naturaleza sexual no deseada que genere un ambiente hostil, humillante o intimidante para la víctima. Puede incluir comentarios, insinuaciones, tocamientos, gestos, exhibicionismo, mensajes, imágenes o cualquier otra forma de contacto que vulnere la dignidad y los derechos de la mujer.

Ámbitos en los que se da el acoso sexual:

  1. Laboral: En espacios de trabajo, por parte de jefes, compañeros o clientes, afectando el desempeño y estabilidad laboral de la víctima.
  2. Escolar: En universidades, escuelas y centros de formación, donde docentes, compañeros o autoridades pueden ejercer acoso sobre estudiantes.
  3. Familiar: Dentro del hogar o entorno cercano, perpetrado por familiares o personas de confianza.
  4. Callejero: En espacios públicos, a través de comentarios obscenos, miradas lascivas, persecución o contacto físico no consentido.
  5. Digital o en línea: En redes sociales, mensajería o plataformas digitales, mediante mensajes ofensivos, amenazas, difusión de contenido íntimo sin consentimiento (Ley Olimpia), entre otros.
  6. Institucional: Cuando el acoso proviene de funcionarios públicos o instituciones que deben garantizar la seguridad de la mujer.

El acoso sexual es una forma de violencia de género que debe ser denunciada y erradicada mediante la aplicación de leyes y políticas de prevención.

FEMINICIDIO

El feminicidio es una de las expresiones más extremas de violencia contra la mujer en México. De acuerdo con datos oficiales, miles de mujeres son asesinadas cada año por razones de género, con una preocupante impunidad en la mayoría de los casos.

Tan solo en el Estado de Veracruz las cifras no son alentadoras, el Estado ocupa el Cuarto Lugar a nivel nacional con 53 feminicidios, esta cifra es el 10% mayor al año 2023, y les aclaro que esta cifra son solo los casos documentados, es decir, casos en los que hubo una denuncia, y de las cuales 33 obtuvieron sentencia condenatoria; es preocupante ver que se incremente esta cifra cuando debe de ir a la baja, confiamos en que nuestras autoridades hagan un esfuerzo por atender este tema que viene de años anteriores.

Discriminación

La discriminación en todas sus formas sigue presente en la sociedad mexicana, ya sea por género, condición económica, origen étnico o preferencias personales. Aunque se han impulsado políticas de equidad, la desigualdad sigue siendo un problema latente.

Reformas Legales Recientes

En los últimos años, México ha aprobado diversas reformas para garantizar la igualdad y proteger a las mujeres:

  • Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: Incluye medidas de protección y atención para víctimas de violencia.
  • Paridad de Género en Cargos Públicos: Se han implementado reformas para garantizar que las mujeres tengan participación equitativa en el gobierno y la administración pública.
  • Tipificación de la Violencia Digital: La Ley Olimpia y la Ley Ingrid, promulgadas en varios estados, sancionan el acoso y la difusión de contenido íntimo sin consentimiento, así como divulgar imágenes de víctimas de un delito.
  • Reformas en Materia de Feminicidio: Se han fortalecido las sanciones y los protocolos de investigación para estos delitos.

REFORMAS IMPORTANTES

La lucha ha logrado que se hagan reformas trascendentales en favor del feminismo, así como las mencionadas Ley Olimpia y Ley Ingrid, s han realizado algunas como:

  • Ley 3 de 3.- Prohíbe a los agresores o deudores alimentarios y acosadores sexuales, ocupar cargos públicos, lo anterior realizando un registro público de estas personas.
  • Ley Malena.- Sanciona ataques con ácido o cualquier otra sustancia corrosiva o química en contra de mujeres.
  • Ley Monse.- Sanciona a amigos, familiares o pareja que encubra a feminicidas.
  • Ley Alina– Su finalidad es reformar la legítima defensa para que las mujeres puedan defenderse de personas que las agredan sin enfrentar responsabilidad penal.

Retos para el Futuro

A pesar de los avances, en México existen grandes desafíos para garantizar la igualdad de género y erradicar la violencia contra la mujer:

  • Erradicación de la impunidad: Se requiere una justicia efectiva para las víctimas de violencia de género y feminicidio.
  • Mayor protección a defensoras de derechos humanos y periodistas: La violencia contra activistas es un problema grave que requiere atención urgente.
  • Cambio cultural y educativo: Es necesario fortalecer la educación con perspectiva de género desde edades tempranas.
  • Reducción de la brecha salarial y laboral: Implementar medidas efectivas para garantizar la equidad en el ámbito laboral.

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